4 de agosto de 2012

LYDIA CACHO: SENTENCÍA DE ABUSO DE PODER

Lydia Cacho anunció su exilio momentáneo de México luego de recibir amenazas de muerte. La semana pasada denunció que el domingo 29 de julio recibió una llamada telefónica a su domicilio en Cancún. “Ya te lo dijimos, pinche puta, no te metas con nosotros, se ve que no aprendiste con la vueltecita que te dieron. La que te va a tocar va a ser en pedacitos, así te vamos a mandar a casa, en pedacitos, pendeja”, le dijo una voz masculina al otro lado de la línea, según documenta el sitio de Amnistía Internacional México (AI).

Para entender el presente habrá que recordar el pasado:

La periodista es autora del libro “Los demonios del Edén, el poder que protege a la pornografía infantil”, donde pone al descubierto la protección que recibía de políticos y empresarios Jean Succar Kuri. Lydia Cacho puso al descubierto la protección que recibía de políticos y empresarios Jean Succar Kuri,  propietario de los negocios Coral Reef, Villas Solymar, acusado de comandar  una red de prostitución y pornografía infantil con ramificaciones en Los Ángeles, California. En este mismo libro se menciona la participación en esta red a Kamel Nacif Borge,  empresario textilero conocido como El Rey de la Mezclilla, quien demandó a  Cacho por difamación.



CRONOLOGÍA:

·         16 de diciembre de 2005. Lydia Cacho, presidenta del Centro Integral de Atención a la Mujer (CIAM), es detenida y trasladada vía terrestre desde Cancún, Quintana Roo hasta Puebla, en medio de un fuerte operativo de seguridad por agentes de la Procuraduría General de Justicia poblana en cumplimiento de una orden de aprehensión derivada de una denuncia de difamación y calumnias por Kamel Nacif, sin embargo, Cacho es puesta en libertad bajo fianza. Dicha orden fue otorgada el 12 de octubre por la juez Quinto Penal de Puebla, Rosa Felia Pérez González.
·         14 de febrero de 2006. Se difunde una charla telefónica entre el empresario Kamel Nacif con el gobernador de Puebla, Mario Marín. En ella ambos tratan represalias contra la labor informativa de la periodista Lydia Cacho. Nacif Borge, con lenguaje vulgar, refiere a lo largo de las conversaciones cómo, mediante amistades y contactos dentro del CERESO poblano, "recomendó" que encerraran a Lydia "con las locas y las tortilleras" para que fuera violada cuando ingresara a prisión; cómo se obviaron los trámites legales de notificar a la periodista del proceso que se seguía en su contra "porque si no, no llega a la cárcel".
·         13 de Marzo del 2006. Lydia Cacho denuncia ante dos fiscalías de la PGR al gobernador Mario Marín, a la procuradora poblana, Blanca Laura Villeda, a la juez Quinto en Materia penal en Puebla, Rosa Silvia Pérez, a una agente del Ministerio Público y a dos judiciales, así como al empresario Kamel Nacif.
·         6 de Abril del 2006. Lydia Cacho amplia la denuncia penal contra el gobernador de Puebla, Mario Marín, y presenta pruebas en su contra por un presunto peculado en el que habría incurrido el Ejecutivo local, por pagar peritajes con recursos del erario para contar con pruebas en su defensa, ante la acusación que enfrenta de colusión con Kamel Nacif.
·         7 de Abril de 2006. La SCJN recibe copias de los expedientes que integran diversas dependencias sobre el caso de la periodista Lydia Cacho, por lo que el máximo tribunal del país está en posibilidades de analizar los documentos y determinar si es procedente o no que una comisión especial de ministros investigue a Marín.
·         17 de Abril 2006. La mayoría de los ministros de la Corte se manifiestan en favor de que el máximo tribunal investigue la presunta violación de las garantías individuales de Lydia Cacho por parte del gobernador poblano. Seis de los 11 integrantes del pleno se declaran en contra.
·         18 de Abril 2006. Por mayoría de seis votos contra cuatro, el pleno de ministros de la SCJN atrae la investigación en contra del gobernador de Puebla, Mario Marín. Con ello se echa a andar el mecanismo para que una comisión formada por magistrados de la Corte investigue las "violaciones graves", cometidas presumiblemente por el mandatario estatal y otros funcionarios en contra de los derechos individuales de la periodista Lydia Cacho.
·         16 de Mayo 2006. Kamel Nacif comparece ante la PGR, en relación con la denuncia que presentó Lydia Cacho en su contra, por la violación de sus garantías individuales. El empresario de origen libanés se niega a dar declaraciones, no sólo ante la prensa, sino también ante el Ministerio Público Federal.
·         19 de Septiembre 2006. El pleno de la Suprema Corte determina investigar la participación de Marín, en una presunta concertación para vulnerar derechos de la periodista. En votación de siete votos contra tres, los ministros desechan el proyecto de sentencia del ministro Guillermo Ortiz al argumentar que fue deficiente e incompleta la investigación sobre el caso.
·         4 de Octubre 2006. Un juez penal del fuero común, con sede en Cancún, Quintana Roo, se declara incompetente para conocer y desahogar el juicio iniciado contra la periodista Lydia Cacho, tras considerar que los hechos materia de la denuncia penal que presentó en su contra Kamel Nacif sucedieron en la ciudad de México, donde se editó y distribuyó el libro "Los demonios del edén", sobre prácticas de pederastia.
·         2 de Enero 2007. Kamel Nacif pierde en definitiva la batalla jurídica que inició contra la periodista Lydia Cacho, que lo vinculó en una publicación con actividades relacionadas con un pederasta.
·         15 de Enero 2007. Al rendir su segundo Informe, el gobernador Mario Marín niega haber cometido algún delito en el caso de Cacho, e insiste en que las autoridades competentes deben investigarlo a fondo para determinar cuál fue su actuación.
·         14 de febrero 2007. Lydia Cacho recibe del juez Lorenzo Medina la resolución que la exonera de los cargos por difamación que presentó en su contra Kamel Nacif.
·         26 de Junio 2007. Mario Marín logra que el pleno de la Corte aplazara, de forma indefinida, la revisión del informe de la comisión investigadora encabezada por el ministro Juan Silva Meza, la cual comprobó que aquél, en complicidad con diversos funcionarios, incurrió en violaciones graves a las garantías de la periodista Lydia Cacho.
·         26 de Noviembre 2007. Mario Marín y funcionarios de Quintana Roo participaron en un "concierto de autoridades" para violar los derechos humanos de la periodista Lydia Cacho, reitera la Comisión Investigadora de la SCJN sobre el caso.
·         27 de Noviembre 2007. Con seis votos a favor y cuatro en contra, la SCJN desecha del dictamen final del caso Lydia Cacho el tema de las redes de pederastia y pornografía infantil en México. Argumenta que ello no forma parte de las indagatorias que fueron encomendadas a la comisión investigadora del asunto, encabezada por el ministro Juan Silva Meza.
·         29 de Noviembre 2007. Los ministros de la SCJN resuelven que no existió una  conspiración entre el gobernador de Puebla, Mario Marín, y el empresario Kamel Nacif,para violar las garantías individuales de Cacho, e incluso determinaron que la transgresión a sus derechos no es grave, y por lo tanto el caso puede ser resuelto en otras instancias judiciales.

Después de la resolución de la Corte, Lydia Cacho asegura que el Estado fue utilizado para acallar un caso de pornografía infantil, y que con su fallo permitió que triunfara la impunidad y la corrupción sobre la justicia.  El caso Lydia Cacho se puede convertir en el Dreyfus mexicano. Como suele suceder en casos sonados, en la conmoción existe confusión.

LA DECISIÓN

En esencia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (la “Corte”) decidió que los hechos que resultaron de la investigación no involucraban una “grave violación de una garantía individual” para efectos de su facultad de investigación bajo el artículo 97 de la Constitución. Dicha determinación añade insulto a la ofensa, después de todo, ¿qué no toda violación a los derechos humanos (las garantías individuales) es grave por si sola? ; pero estamos en el país dónde solo robar por hambre es grave.

La parte relevante del artículo 97 de la Constitución dice: “La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá nombrar alguno o algunos de sus miembros … o designar uno o varios comisionados especiales, cuando así lo juzgue conveniente … para que averigüe algún hecho o hechos que constituyan una grave violación de alguna garantía individual.”

La cuestión planteada ante la Corte es si los hechos vividos por la señora Cacho eran una “grave violación de alguna garantía individual”, tal que justificara el ejercicio de la facultad citada en el párrafo anterior.  Se suscitaron tres posturas. Una negativa y dos positivas. La negativa consideraba que no se actualizaba la hipótesis razonando que la gravedad de las circunstancias tiene que ser superior para justificar el ejercicio de la facultad. De las positivas, mientras que una simplemente consideraba que el caso era ‘grave’, y por ende la Corte podía investigar, la otra, evocada por un sólo ministro, postulaba que, si bien la facultad no aplica a cualquier violación de garantías individuales, sí aplicaba en el caso en cuestión pues implicaba una (supuesta) conspiración entre autoridades. Ello lo hacía ‘grave’.

La decisión de la Corte es lamentable. Lo que es más, es una oportunidad perdida. El desatino obedece no sólo a cuestiones de percepción (chamba que algunos medios hicieron puntualmente), sino también a cuestiones técnicas. En mi opinión, tal vez es cierto que la facultad de averiguación de la Corte no es para cualquier violación de garantías. Pero este no era un caso cualquiera ya que la gravedad deriva no del “que” sino del “quien”.

Las violaciones graves de garantías a que se refiere el artículo 97 de nuestra Constitución, son hechos generalizados acaecidos en una entidad o región determinados, y su averiguación tiene lugar cuando ocurren acontecimientos que debiendo ser afrontados y resueltos por las autoridades constituidas con estricto apego al principio de legalidad, esos acontecimientos no se logran controlar por la actitud de la propia autoridad, produciéndose, en consecuencia, violaciones a los derechos fundamentales de los individuos. Por ende, la grave violación de garantías individuales se actualiza cuando la sociedad no se encuentra en seguridad material, social, política o jurídica, a consecuencia de que:

a) Las propias autoridades que deben proteger a la población que gobiernan, son las que producen o propician los actos violentos, pretendiendo en tal forma obtener una respuesta disciplinada, aunque aquellos sean violatorios de los derechos de las personas y de las instituciones.
b) Que frente a un desorden generalizado las autoridades sean omisas, negligentes o impotentes para encauzar las relaciones pacíficas de la comunidad, o bien que sean totalmente indiferentes en obtener el respeto a las garantías individuales...

La conclusión que todas estas premisas arrojan es que el estándar que detona la (importante) facultad de la Corte es alto. No es para cualquier violación. Ello es entendible. De lo contrario el tribunal se saturaría de casos de poco relieve.  Es con estos antecedentes y en esta coyuntura donde debe evaluarse la decisión de la Corte. ¿Constituyen los hechos alegados en el caso de Lydia Cacho “graves violaciones de garantías individuales”?

Es el contexto citado que motiva la calificación a la decisión, no sólo de lamentable, sino que desperdicia una oportunidad. Lamentable que no se haya adoptado la teoría de la (supuesta) conspiración de autoridades. Es una oportunidad perdida pues hubiera aportado un eslabón judicial positivo ya que hubiera marcado un precedente histórico para remediar un abuso de poder.

Existe un problema de léxico legal. Un divorcio entre lo que la “LEY” dicta y lo que la ciudadanía entiende. Y ello ha mostrado ser grave: ha erosionado la credibilidad del garante más importante de nuestro sistema. Cuando el idioma jurídico se complica tanto que no logra entenderse, el problema es grave y se presta para que casos como los de Lydia Cacho se pierdan entre la confusión de nuestro desconocimiento generalizado del marco legar que nos rige. Podemos decir “es que no somos abogados” pero es precisamente que por ello caemos en la redes del abuso de poder, en la corrupción de muchos abogados e inconscientemente, o mejor dicho a causa de nuestra propia ignorancia,  permitimos que las leyes se burlen o se manipulen, ahí  tenemos los casos recientes de HSBC,  Melate, Guardería ABC, el detenido en León por besarse en vía pública, los detenidos en Naucalpan del #132 por “uso indebido de la información” e incluso seguramente hasta la próxima resolución de la elección presidencial.

Es necesario exigir a los abogados (legisladores, practicantes, académicos) su deber de hacer del Derecho algo más fácil y digerible a la ciudadanía. Sigamos el consejo de Einstein: las cosas deben ser hechas de la manera más fácil posible. Entre antes lo entendamos, menos daño nos podrán hacer.

5 comentarios:

  1. les digo, el problema no son los presidentes, gobernadores, presidentes municipales...son los legisladores, DIPUTADOS, SENADORES, MINISTROS, MPs, el sistema de impartacion de justicia es el q no sirve...YOSOY132 ahi es donde debe hacer sus MANIFESTACIONES...MI APOYO A LYDYA CACHO, BASTA DE IMPUNIDAD

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  2. MI APOYO A LYDYA CACHO. @sinOprecion

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  3. Graan mujer y excelente luchadora, desearía que nuestras autoridades pudieran garantizar los derechos de todos los mexicanos, pero hoy por hoy, es imposible.
    Solo la clase política y por supuesto la altas esferas económicas los tienen garantizados, tanto que pisotean los de los demás.
    La mejor de las suertes a Lidia Cacho, en su excilio temporal y que la distancia no apague su pluma y siga escribiendo, investigando y aportando a la verdad de este méxico tan engañado.

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